Todos los pasajeros que viajen a EE.UU. deben solicitar a través de Internet una autorización electrónica de viaje

 
 

Desde el 12 de enero de 2009, y a instancias del Departamento de Seguridad Nacional y del Servicio de Aduanas y Control de Fronteras de los Estados Unidos, los ciudadanos de los países participantes en el Programa de Exención de Visado a EEUU* que viajen o hagan tránsito por los Estados Unidos, tendrán que solicitar y obtener una Autorización Electrónica de Viaje (Electronic System for Travel Authorization – E.S.T.A.)

Cómo solicitar la Autorización

Solo se puede demandar a través de  la página de Internet del departamento de seguridad de los Estados Unidos, https://esta.cbp.dhs.gov, donde hay que cumplimentar un cuestionario, disponible en español y otros 15 idiomas. Este trámite debe realizarse con una antelación mínima de 72 horas al inicio del viaje.

En la mayoría de los casos se recibirá una respuesta en cuestión de segundos confirmando la autorización para viajar a los Estados Unidos, aunque también se puede demorar la autorización hasta 72 horas.

Una vez obtenida la autorización es conveniente imprimirla y conservarla junto al pasaporte.

Si la solicitud ha sido denegada, el pasajero deberá contactar con la Embajada de los Estados Unidos para gestionar la posible necesidad de un visado.

Aunque durante un período transitorio, que determinarán las propias autoridades estadounidenses, los pasajeros podrán viajar a EE.UU. sin solicitar la Autorización Electrónica de Viaje (E.S.T.A.), Iberia recomienda que sus clientes lo vayan utilizando de forma voluntaria con el fin de familiarizarse con el nuevo proceso.

Validez

La Autorización Electrónica de Viaje tendrá una validez de 2 años y podrá utilizarse para múltiples entradas a los Estados Unidos. Si se producen cambios en la dirección de destino o en el recorrido a realizar, teniendo ya la autorización ya aprobada, el pasajero podrá modificar la Autorización a través de Internet. Y en el caso de cambiar de pasaporte deberá realizarse una nueva solicitud de dicha Autorización;

La nueva normativa no sustituye la actual obligatoriedad de suministrar la Información Anticipada de Pasajeros (APIS),  la necesidad de disponer de un pasaporte de lectura mecanizada, ni exime de seguir cumplimentando a bordo el formulario pertinente.

* Países participantes en el Programa de Exención de Visado a EE.UU.

Alemania     Dinamarca      Irlanda      Móncaco      San Marino
Andorra      Eslovenia      Islandia      Noruega      Singapur
Australia      España      Italia      Nueva Zelanda      Suecia
Austria      Finlandia     Japón      Suiza
Bélgica      Francia     Liechtenstein      Portugal
Brunei     Holanda      Luxemburgo      Reino Unido

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